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El carácter interior, alejado del mar, ha hecho que durante siglos el área estuviera alejada de las vías de comercialización, obteniendo unos vinos con elementos propios y característicos.
Innovaciones en las variedades de uva y en los métodos de producción. Fue el primer lugar de Catalunya dónde se introdujeron las variedades de cabernet sauvignon, merlot y chardonnay, junto a las variedades autóctonas, y se adoptaron las técnicas californianas de vinificación.
Durante el año 1983: Jaume Siurana, director del Incavi, y Manuel Raventós Artes, director general de Codorniu y de la Bodega de Raimat, consideraron que la excelente calidad vitivinícola de las comarcas leridanas y la tradición de zona necesitaban que fueran gestionadas por un consejo regulador al mismo tiempo que liderara la promoción de la región aprovechando el gran éxito manifiesto de los vinos de Raimat.
Tras estas conversaciones se reunieron al Casal de la Caixa en Tàrrega: Miquel Cabestany, Bernat del Albi, Santacreu de Artesa, Pujol de Extensión Agraria y gente de las Garrigues, los valles de Riucorb, Artesa y Raimat.
Allí se fueron dando forma y se configuró el que es el actual Consejo Regulador.
Finalmente, la Denominación de Origen fue constituida por Orden del 28-5-86 (DOGC núm. 701 de 17-6-86) y ratificada por Orden del 11-5-88 (BOE núm. 118 de 17-5-88) delimitando los pueblos de las cuatro subzonas mencionadas. Posteriormente mediante la Orden de 3-12-98 (DOGC núm. 2.783 de 10-12-98) se amplió el ámbito geográfico de la Denominación de Origen Costers del Segre con dos subzonas más: el Pallars Jussà y el Segrià. Actualmente según el Orden 297/2005 del 20 de junio de 2005 (DOGC núm.4417 de 1-07-05) el ámbito geográfico queda definido con siete subzonas: Artesa de Segre, Urgell, Garrigues, Pallars Jussà, Raimat, Segrià y Valls del Riu Corb.
La finalidad del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Costers del Segre es velar por esta tradición vitivinícola y garantizar la excelente calidad de los vinos producidos en las bodegas que son inscritas.
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PRESIDENTE:
Xavier Farré Fernández-Urrutia
Codorniu SA
SECRETARIA:
Olga Codina Griñan
VOCALES:
Carles Ahumada Batlle
L’Olivera SCCL
Hermenegildo Porta Trepat
Vall de Baldomar SL
Manuel Cusiné Barber
Castell del Remei SL
Joan Sambola Torres
Unió de Pagesos
Josep Maria Alavedra Riera
CARVIRESA
Josep Solé Roca
AGROSOLE SCP
Joan Esteve Julià
DON JESÚS SA
Joan Porcioles Buixó
BODEGAS COSTERS DEL SIÓ SL
Francesc Xavier Figuerola Mulet
VOCALES TÉCNICOS:
Isabel Cavero Mir
DAR
Lluís Giralt Vidal
INCAVI
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La finalidad del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Costers del Segre es velar por esta tradición vitivinícola y garantizar la excelente calidad de los vinos producidos en las bodegas que son inscritas.
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ORDEN APA/4026/2006, de 19 de diciembre, por la que se dispone la publicación de la Orden ARP/297/2005, de 20 de junio, de la Generalidad de Cataluña, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Costers del Segre.
El 1 de julio de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña la Orden ARP/297/2005, de 20 de junio, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Costers del Segre.
El 23 de noviembre de 2005 y el 28 de agosto de 2006, se han publicado en el citado Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña, las correcciones de erratas de la mencionada Orden, de 14 de noviembre de 2005 y 4 de julio de 2006.
La Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino, prevé, en su artículo 32, la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la normativa específica de los vinos de calidad producidos en región determinada (VCPRD), aprobada por las comunidades autónomas, a efectos de su protección nacional, comunitaria e internacional.
A tal fin, ha sido remitida al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la certificación de la citada Orden ARP/297/2005, de 20 de junio, y de las correcciones de erratas de la misma, de 14 de noviembre de 2005 y 4 de julio de 2006, cuya publicación debe ordenarse. En su virtud, dispongo:
La publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de la Orden ARP/297/2005, de 20 de junio, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Costers del Segre, y de las correcciones de erratas de 14 de noviembre de 2005 y 4 de julio de 2006, que figuran en el anexo a la presente disposición, a efectos de su protección nacional, comunitaria e internacional.
Madrid, 19 de diciembre de 2006.–La Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, Elena Espinosa Mangana.
ANEXO
Orden ARP/297/2005, de 20 de junio, por la que se aprueba el Reglamento
de la Denominación de Origen Costers del Segre.
El Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca y el Instituto Catalán
de la Viña y el Vino han impulsado en los últimos años el desarrollo de políticas
propias en el sector vitivinícola que han permitido una mejora sustancial
tanto en la explotación y cultivo de la viña como también en la elaboración,
la crianza y la comercialización del vino producido en Cataluña.
El marco normativo y económico de la vitivinicultura ha sido modificado
profundamente en los últimos años, tanto por la liberalización de los
intercambios comerciales y acuerdos de la Organización Mundial del
Comercio como por las normas comunitarias emanadas de la política
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CONSEJO REGULADOR DE LA D.O. COSTERS DEL SEGRE
Complex de la Caparrella, nº 97
25192 - Lleida
Tel./ Fax: 973 264 583
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